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Igualdad y No discriminación

UGT FICA asume una gran responsabilidad en contribuir a garantizar el cumplimiento de las normas que favorecen la igualdad y luchar contra la discriminación a través de la acción sindical

A pesar de los avances obtenidos y de los esfuerzos para eliminar las desigualdades, lo cierto es que se siguen produciendo y no podemos consentir que en materia de igualdad solo existan cláusulas meramente declarativas.

En los Convenios Colectivos debemos prestar especial atención al modo en que se regulan los complementos salariales en los convenios, ya que algunos de ellos pueden resultar discriminatorios. Es obligatorio introducir medidas de igualdad como la obligación de negociar estas medidas de igualdad con la Representación Sindical, establecer en los convenios la figura de la “delegada o delegado de igualdad” con crédito horario y la formación adecuada, establecer garantías de prevalencia de las medidas positivas negociadas y establecer cláusulas de equidad de sexos en los planes de formación, para eliminar la segregación ocupacional, las brechas digitales y de falta de certificaciones profesionales. Incluir la tolerancia cero del acoso sexual y del acoso por razón de sexo, y las garantías y requisitos mínimos en los protocolos y negociar medidas que mejoren los derechos legales de las víctimas de violencia de género y de las víctimas de agresiones sexuales.

Es necesario implementar un sistema que permita la valoración de los puestos de trabajo en los Convenios colectivos, conforme a lo establecido en el Artículo 9 del Real Decreto de Igualdad Retributiva 902/2020.  Pinchando en el siguiente enlace Herramienta VPT se accede a la web del Ministerio, donde encontraréis la guía de uso de la herramienta y la herramienta de valoración de los puestos de trabajo.

Tenemos que revisar que las medidas de conciliación se adapten a las últimas legislaciones, así como actualizar los permisos al reciente RDL 5/2023, de Conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y cuidadores. Así como introducir en los Convenios aquellas situaciones que la ley deja su implementación al acuerdo en el ámbito de la negociación colectiva.

Implementación Directiva UE 2023_970 Transparencia retritutiva en la negociación colectiva UGT FICA

Cláusulas

Las organizaciones firmantes del presente convenio y las empresas afectadas por su ámbito funcional, garantizarán la igualdad de oportunidades entre hombre y mujeres, así como la no discriminación por cuestiones de raza, religión o cualquier otra condición establecida en la ley. De acuerdo con la legislación vigente, se pondrá especial atención en cuanto a los cumplimientos de dicha legislación en materia de: - acceso y estabilidad en el empleo. - igualdad salarial en trabajo de igual valor. - formación y promoción profesional. - ambiente laboral exento de acoso sexual o moral. Patronal y los sindicatos firmantes del convenio tienen constituida, una comisión de igualdad, con el correspondiente reglamento de funcionamiento aprobado y registrado, que contiene las competencias a llevar a cabo a nivel de sector, que definirá los términos y condiciones que habrán de cumplimentarse en las empresas sobre los planes de igualdad.

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