carta.png |

original 1

vIOLENCIA DE GÉNERO

El gravísimo problema estructural de la violencia de género requiere una actuación integral desde todos los estamentos sociales y gubernamentales.

Desde la negociación colectiva debemos impulsar la prevención de cualquier tipo de violencia, incluida la sexual, así como garantizar la protección de las mujeres víctimas de la violencia de género.

Negociar medidas que mejoren los derechos legales de las víctimas de violencia de género y de las víctimas de agresiones sexuales y establecer protocolos de actuación. Incluir medidas de protección a la empleabilidad y ayudas económicas.

Promover en las empresas espacios libres de violencias y acosos sexuales o por razón de sexo, así como la dignidad de las personas trabajadoras evitando conductas contra la libertad sexual y la integridad en el centro de trabajo.

Cláusulas

“Las partes firmantes de este acuerdo manifiestan expresamente su absoluto rechazo contra la violencia de género y siendo conscientes de que la negociación colectiva es el cauce óptimo para facilitar el ejercicio efectivo de las medidas de protección para las mujeres víctimas de violencia de género en el ámbito laboral se estará a lo dispuesto en la L.O. 1/2004 y demás normas que la sustituyan y/o la complementen”

“La trabajadora víctima de violencia de género tendrá derecho, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.

En caso de que la trabajadora sea víctima de violencia de género, de común acuerdo, se estudiarán y aplicarán todas aquellas medidas que resulten más adecuadas a las circunstancias específicas de su caso, en función de las posibilidades de la empresa:

- Tendrá preferencia la solución de peticiones de traslado.

- Podrá solicitar acogerse a flexibilidad horaria o reducción de jornada durante el plazo de un año.

- Podrá solicitar la suspensión del contrato durante seis meses.

- Este supuesto se entenderá comprendido entre las causas de concesión de anticipos, sin intereses.”

“Todos los trabajadores tienen derecho a un entorno libre de conductas y comportamientos hostiles o intimidatorios hacia un mismo, que garantizara su dignidad y su integridad física y moral. Las personas con responsabilidad de mando, tienen la obligación de garantizar las condiciones adecuadas de trabajo en su ámbito de responsabilidad.

Por la prevención del acoso sexual por razones de sexo, se elaborará un protocolo de actuación que incluirá, como mínimo, los siguientes principios:

a) El compromiso de la empresa de prevenir y no tolerar el acoso sexual y el acoso por razones de sexo.

b) La instrucción a todo el personal del deber de respetar la dignidad de las personas y su derecho a la intimidad, así como la igualdad de trato entre hombres y mujeres.

c) El tratamiento reservado de las denuncias de los hechos que se pudieran dar a término de acoso sexual y por razón de sexo, sin prejuicio a *lo establecido en la normativa de régimen disciplinario.

d) La identificación de las personas responsables de atender a quién formulan queja o denuncia

e) Poner en conocimiento de todos los trabajadores el correspondiente procedimiento que se habilite.”

Please publish modules in offcanvas position.