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sALARIO

Uno de los objetivos de UGT FICA al inicio de cada año de negociación es el mantenimiento, o en su caso, la recuperación de las cláusulas de revisión salarial.

Para garantizar los incrementos salariales pactados inicialmente, en el caso de que se superen las previsiones de inflación, las cláusulas de revisión continúan siendo una pieza fundamental para la determinación de los salarios y mecanismo de garantía de lo acordado por las partes, así como para amortiguar las desviaciones imprevistas que se puedan producir en los IPC.

Para que las cláusulas sean efectivas deberían ser: plenas, retroactivas, exclusivamente al alza y con contenido económico, es decir, con generación de atrasos y no solo de actualización de tablas.

No es posible garantizar la mejora salarial pactada si no es con una cláusula de revisión que permita recuperar la totalidad de las desviaciones para todos los conceptos retributivos y desde el momento en que se aplicó el incremento.

No son admisibles cláusulas con fórmulas que supongan la reducción, incluso la devolución de los salarios pactados en el caso de que la inflación real no alcance a la prevista inicialmente.

Cláusulas

Ninguna de las condiciones económicas reconocidas y pactadas en este Convenio son compensables ni absorbibles por la empresa, voluntariamente o por Convenio.

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